En la Resolución N° C.D. 513, Art. 53 se establece que en materia de riesgos del trabajo la acción preventiva se fundamenta en los siguientes principios:

  • Control de riesgos en su origen, en el medio o finalmente en el receptor.
  • Planificación para la prevención, integrando a ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales;
  • Identificación de peligros, medición, evaluación y control de los riesgos en los ambientes laborales;
  • Adopción de medidas de control, que prioricen la protección colectiva a la individual;
  • Información, formación, capacitación y adiestramiento a los trabajadores en el desarrollo seguro de sus actividades;
  • Asignación de las tareas en función de las capacidades de los trabajadores;
  • Detección de las enfermedades profesionales u ocupacionales; y,
  • Vigilancia de la salud de los trabajadores en relación a los factores de riesgo identificados.

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